Transferencia del dominio de un automotor. Trámites, costo y requisitos

Transferencia del dominio de un automotor

¿Qué es la transferencia de automotor?

La Transferencia de un automotor, moto o maquinaria se trata del traspaso del dominio o de la titularidad de un vehículo a otra persona física o jurídica. Ésta puede ser por compra/venta, donación y de sucesión o herencia.

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Requisitos y documentación para hacer la transferencia de un automotor

Datos del automotor:

  • Formulario 08: el mismo deberá tener las firmas certificadas de ambos, en caso de que el titular sea casado también deberá tener la firma de su cónyuge.
  • Formulario 12: este formulario deberá ser verificado por la Policía sólo si su vehículo está inscripto desde el 01/01/1985. También tendrá que presentar la Verificación física del vehículo, la misma será válida desde los 150 días hábiles administrativos. Esta verificación deberá hacerse en una planta habilitada para el Registro de la seccional donde hará el trámite.
  • Título del vehículo que desea transferir
  • Cédula verde del vehículo en cuestión.
  • Certificado de transferencia automotor o Ce.T.A. si su vehículo supera los $30.000. Este certificado debe ser obtenido por el titular del vehículo en una oficina de la AFIP o desde su sitio web oficial. Este certificado (impreso) deberá presentarse junto con la documentación requerida para la transferencia.
  • Formulario 13 C: la utilidad de este formulario es la de mostrar el informe impositivo del vehículo, para así poder darle de baja al mismo o también para un cambio de radicación.
  • Formulario 13i: este formulario sirve para mostrar un informe de infracciones de tránsito y el formulario de libre deuda de patentes.
  • Declaración Jurada del comprador o la persona que será el nuevo titular del vehículo. Si esta persona no puede concurrir personalmente al registro deberá presentar su Declaración Jurada firmada y certificada por escribano público o por el registro. En caso que el costo del vehículo supere los $300.000 (pesos) deberá declarar el origen del dinero utilizado para la transacción.
  • CUIT o CUIL: si no tiene un número de CUIL O CUIT (Código Único de Identificación Laboral) podrá obtenerlo en una oficina oficial del ANSES o AFIP.
  • CDI: o Clave de Identificación, este requisito se refiere al Formulario de declaración jurada Nº 663 o Formulario 622 de AFIP.
  • Prenda: si existe una prenda, se deberá presentar la constancia correspondiente de haber comunicado la transferencia al acreedor prendario.
  • Leasing: si existe una contratación de leasing, deberá presentar constancia de que el tomador del leasing está enterado de la transacción. Esta constancia podrá ser una carta documento o telegrama.

Datos personales:

  • Ciudadano/a argentino/a: DNI, LC o LE original y fotocopia certificada.
  • Ciudadano extranjero: original y fotocopia del DNI otorgado por el Registro Nacional de las Personas. Original y fotocopia de la Declaración Jurada certificada por escribano público o encargado del Registro.
  • Personas de carácter privado: original y fotocopia de Contrato Social, Estatuto o constancia de organismo estatal de contralor de personas jurídicas o de cualquier otro organismo estatal del que resulte domicilio del titular o adquiriente.
  • Personas jurídicas de carácter público: Constancia suscripta certificada por la persona autorizada para representar a la entidad.
  • Guarda habitual para personas físicas y jurídicas: en caso de que el vehículo sea guardado en otro lugar que no sea el domicilio declarado, deberá presentar un acta notarial donde declarará bajo juramento que el domicilio de guarda del vehículo es real, y el motivo por la cual no es el mismo de su domicilio. También deberá presentar la documentación del inmueble donde guarda su vehículo.

¿Qué vehículos deben hacer la Transferencia?

Los vehículos que deben hacer la transferencia son:

  • Automóviles
  • Motos o motovehículos
  • Camiones, acoplados y semiremolques
  • Camionetas, jeeps y vehículos 4x4
  • Utilitarios y furgones
  • Micros, colectivos, omnibus y minibuses
  • Motorhome y casas rodantes

Costo de la transferencia de un automotor (2018).

  • Automotores, motos y maquinarias que se hayan inscripto hasta el año 1975 inclusive:
    • Costo: 1.5% del valor de mercado del vehículo.
  • Automotores, motos y maquinarias que se hayan inscripto desde el año 1976 hasta el año 1982 inclusive:
    • Costo: 1.5% del valor de mercado del vehículo.
  • Automotores, motos y maquinarias que se hayan inscripto desde el año 1983 hasta el año 1985 inclusive:
    • Costo: 1.5% del valor de mercado del vehículo.
  • Automotores, motos y maquinarias que se hayan inscripto desde el año 1986 hasta el año 1988 inclusive:
    • Costo: 1.5% del valor de mercado del vehículo.
  • Automotores, motos y maquinarias que se hayan inscripto desde el año 1989 hasta el año actual inclusive:
    • Costo: 1.5% del valor de mercado del vehículo.
  • Formulario "08":
    • Costo: En caso de que ambas partes tengan sus firmas certificadas en el DNRPA (Dirección Nacional de Registro de Propiedad del automotor) el arancel no se abona.

3 formas para determinar el valor de mercado de un vehículo para la transferencia del mismo:

Costo:
  • de la tabla de valuación aprobada por la DNRPA.
  • valor declarado en el Formulario 08
  • en caso de no poder determinar el valor de mercado del vehículo con las dos maneras anteriores, se impondrá el valor mínimo correspondiente a cada categoría, por ejemplo: Si el vehículo a transferir tuviese prenda el costo aumentará de acuerdo a cada circunstancias.

En caso de que la transferencia incluya un certificado de dominio vigente, el costo del mismo será de $180 pesos

Certificado de firmas: Costo:

  • Si no tiene acreditación de personería el costo será el del arancel 1 que es de $160 cada uno.
  • Si tiene acreditación de personería el costo será el del arancel 2 que es de $210 cada uno.
  • Expedición de cédula: corresponde al arancel 4 que es de $110 pesos.
  • Expedición de título: corresponde al arancel 4 que también es de $110 pesos.
  • Envío del legajo: corresponde al arancel 5 que es de $110 pesos.
  • Cambio de radicación: corresponde al arancel 7 que es de $70 pesos, donde también incluye el arancel 1 por certificación de firma y es de $160 pesos.

Formulario 13 o 13c de costo gratuito

¿Quiénes están autorizados para realizar la transferencia?

Las únicas personas que están autorizadas a realizar una transferencia de vehículos son los titulares de los mismos, representante legal o apoderado.

En caso de que no lo haga ninguno de ellos podrá hacerlo un tercero lo cual deberá presentarse con el formulario 59 y su DNI. También lo puede hacer un cónyuge o familiar con sólo presentar la partida de nacimiento.


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