Infracción |
Puntos |
| Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida. | 8 |
| Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos | 8 | Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas | 6 | Circular en sentido contrario al establecido | 6 | Conducir vehículos en competiciones y carreras que no estén autorizadas | 6 | Conducir de forma temeraria | 6 |
Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido
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6 |
Sobrepasar en más de un 50 por ciento la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar al menos en 30 kilómetros por hora dicho
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6 |
Límite máximo |
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El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre
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6 |
Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor
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4 |
Conducir con un permiso o licencia de conducción que carezca de validez por no cumplir los requisitos exigidos reglamentariamente
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4 |
Circular con un vehículo no matriculado o careciendo de las autorizaciones administrativas correspondientes o que estas carezcan de validez por no cumplir los requisitos exigidos reglamentariamente
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4 |
Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que garantizan la seguridad vial, establecidas reglamentariamente, así como las infracciones relativas a las normas reguladoras de la inspección técnica de los vehículos
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4 |
Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación
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4 |
Exceder los límites de velocidad establecidos:
En más de 40 km/h hasta 50 km/h
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4 |
En más de 30 km/h hasta 40 km/h
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3 |
En más de 20 km/h hasta 30 km/h
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2 |
Incumplir las disposiciones establecidas en esta ley sobre prioridad de paso en las condiciones exigidas reglamentariamente
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4 |
Incumplir la obligación de detenerse impuesta por la señal de stop
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4 |
Incumplir las normas generales del adelantamiento establecidas en esta ley poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario
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4 |
Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario
Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario
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4 |
Efectuar el cambio de
sentido en toda situación que impida comprobar las circunstancias exigidas en esta ley para poder llevarse a cabo, en los pasos a nivel y en
los tramos de vía afectados por la señal “túnel”, en las autopistas y autovías y, en general, en todos los tramos en que esté prohibido el
adelantamiento, con las excepciones permitidas.
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4 |
Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías
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4 |
Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado
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4 |
Adelantar en las curvas o
cambios de rasante de visibilidad reducida o en algún lugar o en circunstancias en que la visibilidad disponible no sea suficiente, invadiendo
la zona reservada al sentido contrario.
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4 |
No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación
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4 |
No respetar la luz roja de un semáforo
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4 |
No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede
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3 |
Circular sin alumbrado en
situaciones de falta de visibilidad
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3 |
Circular produciendo
deslumbramiento a otros usuarios de la vía.
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3 |
Conducir utilizando
dispositivos incompatibles con la obligatoria atención permanente a la conducción en los términos que se determinen reglamentariamente
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3 |
Conducir utilizando
cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido y el uso durante la conducción de dispositivos de
telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación que implique su uso manual, en los términos que se determinen
reglamentariamente
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3 |
Parar o estacionar en
las curvas, cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por
la señal “túnel”
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4 |
Parar o estacionar en
los pasos a nivel.
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3 |
Paradas y estacionamientos
en lugares peligrosos constituyendo un riesgo u obstáculo a la circulación en o que obstaculicen gravemente la circulación los términos que se
determinen reglamentariamente, salvo las infracciones a las que expresamente les corresponda otra puntuación
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3 |
Paradas y estacionamientos
en lugares peligrosos constituyendo un riesgo u obstáculo a la circulación en o que obstaculicen gravemente la circulación los términos que se
determinen reglamentariamente, salvo las infracciones a las que expresamente les corresponda otra puntuación
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2 |
Parar o estacionar en los
lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras, o en autopistas o
autovías salvo en las zonas habilitadas para ello.
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2 |
Parar o estacionar en las
zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo o en los carriles destinados para el transporte público urbano
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2 |
Conducir vehículos que
tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que lleven instrumentos con la misma
intención, así como la utilización de mecanismos de detección de radares
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2 |
Incumplir las disposiciones
en materia de adelantamiento establecidas en esta ley en las condiciones que se determinen reglamentariamente, salvo las infracciones a las que
expresamente les corresponda otra puntuación
Incumplir las normas sobre cambios de dirección o sentido, o marcha atrás, establecidas en esta ley en las condiciones que se determinen
reglamentariamente, salvo las infracciones a las que expresamente les corresponda otra puntuación
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2 |
Circular sin utilizar el
alumbrado cuando sea obligatorio por ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
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2 |
Conducir sin utilizar el
cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección o dispositivos de seguridad en los casos y condiciones que se determinen
reglamentariamente.
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2 |
| Infracciones graves particulares | Infracciones cometidas en un día | Infracciones cometidas en un mes | Actas (*) labradas en un mes | Porcentaje en relación a infracciones cometidas |
| Violación al semáforo luz roja | 2.203.200 | 66.096.000 | 4.886 | 0.074 ‰ |
| No respetar la prioridad del peatón | 883.920 | 26.517.600 | 11 | 0.00041 ‰ |
| Falta de uso del cinturón de seguridad |
1.052.800 | 31.584.000 | 600 | 0.019 ‰ |
| Niños en asientos delanteros | 38.500 | 1.155.000 | 51 | 0.0441 ‰ |
| Falta de uso del casco en motocicleta o ciclomotor |
57.200 | 1.716.000 | 83 | 0.0484 ‰ |
| Conducir en estado de ebriedad | 29 | |||
| Falta de apoyacabezas | 1 | |||
| Disputar carreteras | 2 | |||
| Adelantarse por la derecha | 2 | |||
| Infracciones graves en líneas de transportes | ||||
| No arrimar a la parada para ascenso y descenso de pasajeros |
1.047.600 | 31.428.000 | 5 | 0.00016 ‰ |
| Violación al semáforo luz roja | 410.400 | 12.312.000 | 178 | 0.0144 ‰ |
| Total todas infracciones / actas / porcentajes |
5.693.620 | 170.808.600 | 5.848 | 0.034237 ‰ |
Accidentes de Tránsito según sexo.
Sexo Porcentaje Hombres 67% Mujeres 33%
Victimas fatales según días.
Días Porcentaje Día hábil 46% Día no hábil 54%
Conclusión: En un día no hábil existe un 8% más de victimas fatales que en un día hábil.
Victimas fatales según sexo.
Sexo Porcentaje Hombres 73% Mujeres 27%
Accidentes de tránsito según ocurra en zona urbana o rural
Victimas fatales
Zona Porcentaje Rural 42% Urbana 58%
Heridos graves, leves y muertos según sexo
Sexo Porcentaje Hombres 61% Mujeres 39%
Para cambiar las causas que provocan un índice tan elevado de accidentes en el país, es necesario
controlar el efectivo cumplimiento de las leyes de tránsito y aplicar sanciones efectivas. Con la
implementación de las licencias de conducir por puntos, ésta dejará de ser un derecho adquirido que
se renueva periódicamente para convertirse en un crédito social. Por lo antedicho solicito de mis
pares la aprobación del presente proyecto de Ley.