Infracciones | Multas de tránsito automotor, trámites y requisitos

Multas de tránsito

Pago voluntario de infracciones o multas de tránsito

El beneficio de pagar voluntariamente una multa sin antes realizar una apelación o descargo, le generaría a usted un descuento del 50% del monto de la multa. El porcentaje del descuento por pago voluntario varía según la localidad donde haya cometido la infracción de tránsito. Por ejemplo en la ciudad de Buenos Aires y Córdoba el descuento es de 50%, mientras que en Rosario es el 25%.

El pago voluntario de infracciones de tránsito tiene validez siempre y cuando se realice dentro del período de la primera notificación de la misma, que por lo general es de 30 (treinta) días. Queda más que claro que el descuento se aplica a monto original de la multa.

El monto lo podrá encontrar impreso en las actas realizadas por el agente de tránsito.

El pago de las multas se podrá realizar en cualquier entidad bancaria de la provincia donde se cometió la infracción. Esto es válido para pagos voluntarios y para las infracciones vencidas, o sea, cunado han pasado los 30 días de labrada la multa. Otros lugares para realizar el pago pueden ser Bapro Pagos o por Red Link.

Tenga en cuenta que si usted lo desea puede pedirle al juez que entiende su causa que le realice un plan de pagos en cuotas para pagar la multa.

Si desea saber más sobre el porcentaje de los descuentos le recomendamos consultar en el sitio web de su municipio o localidad. O si no puede consultar la siguiente tabla de porcentajes de las ciudades más importantes de Argentina.

Ciudad (Provincia) Descuento (%)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) 50%
La Plata ( Buenos Aires) 50%
Mar Del Plata ( Buenos Aires) 50%
Paraná ( Entre Ríos) 50%
Corrientes ( Corrientes) 50%
Posadas ( Misiones) Hasta 50%
Formosa ( Formosa) 25%
Resistencia ( Chaco) 50%
San Salvador de Jujuy (Jujuy) 25%
Salta Capital ( Salta) 50%
San Miguel de Tucumán (Tucumán) 50%
Córdoba Capital (Córdoba) 50% (Dentro de los 10 días de labrada la multa)
Catamarca (Catamarca) hasta 50%
Santiago del Estero (Sgo. del Estero) hasta 50%
San Luis Capital (San Luis) 50%
La Rioja Capital (La Rioja) 50%
Rosario (Santa Fe) 25%
Santa Fe (Santa Fe) 50%
Mendoza Capital (Mendoza) 50%
Santa Rosa (La Pampa) 40% (Dentro de los 5 días de labrada la multa)
Viedma (Río Negro) 50%
Neuquén Capital (Neuquén) hasta 55%
Rawson (Chubut) No menos de 50%
Río Gallegos (Santa Cruz) 50%
Ushuaia (Tierra del Fuego) 50%

Requisitos y trámites para pagar de multas de tránsito

Infracciones cometidas por personas físicas:

DNI y fotocopia del mismo.
También existen cláusulas para realizar este trámite. Por ejemplo si el infractor está fallecido se deberá presentar el acta de defunción y su correspondiente fotocopia. Si en caso de que el DNI haya sido robado o perdido deberá presentar el certificado de la denuncia de la comisaría en la que realizó la misma. Por último, en caso de ser apoderado deberá presentar el poder respectivo con su fotocopia.

Infracciones cometidas por persona jurídica:
- Estatuto original o copia certificada, incluida fotocopia simple.
- Si el infractor es apoderado también deberá presentar el poder correspondiente más la fotocopia del mismo.

En ambos casos también se tiene que presentar con los documentos del vehículo como por ejemplo la cédula verde o azul con su respectiva fotocopia. Si el vehículo ha sido vendido preséntese con la denuncia de venta o certificado histórico de dominio con sus correspondientes fotocopias.

Pagar por internet las multas

Para pagar por internet las multas en forma voluntaria o no puede hacerlo a través del sitio web de la Ciudad de Buenos Aires. En la misma sólo bastará con ingresar la patente del vehículo en el cual se generó la infracción o también puede ingresar su número de documento.

Luego usted obtendrá un listado de las multas existentes en el cual podrá seleccionar la que desea pagar. Después podrá imprimir un ticket previo llenado de un breve formulario. A continuación podrá abonar la multa en la plataforma online por medio de tarjeta de crédito o red de cobranza extra-bancaria.

Quienes pueden hacer el trámite para pagar la multa

Las personas que pueden hacer el trámite son aquellas que figuran como los infractores de la multa. También lo puede hacer el titular del vehículo o la persona que asume la responsabilidad en el pago. Si el vehículo es propiedad de una persona jurídica se deberá presentar con el poder correspondiente.

¿Cómo obtener el libre deuda de infracciones de un vehículo?

El usuario debe presentarse con la Cédula Verde o Título de Propiedad del Automotor y el DNI o Registro de Conducir ante la Dirección General de Administración de Infracciones (DAI). Para los que presenten infracciones pendientes no se les otorgará certificado de libre deuda.

También puede realizar el trámite vía web ingresando el número de patente del vehículo o con su número de documento. Puede hacer una consulta en el libre deuda en la Provincia de Buenos Aires o si la infracción se cometió en la Capital Federal puede hacer una consulta de libre deuda en su sitio web donde también podrás consultar las multas pendiente de pagos.

Lugares y horarios:

  • DAI - el horario es de las 8 hasta 18:30 horas.
  • CGPs - Nº 1, 3, 7, 9, 10 y 13 en los horarios de 9 a 15:30 horas.
  • CGPs - Nº 8 en los horarios de 7:30 a 14 horas.
  • A.C.A. - de 7:30 a 13:30 horas en Av. del Libertador y Tagle.
  • S.A.C.T.A. - En Av. Roca 4592, en el horario de 8 a 16 horas.

Cómo objetar una multa.

Si usted cree que la multa que le han enviado a su casa es injusta o la pena o monto es exagerado, tiene el derecho de hacer un descargo u objetar ante el juez encargado. También existe la posibilidad de que dicho descargo lo pueda hacer por correo postal si su ubicación es a más de 60 Kms.

Tal descargo debe hacerse antes de que se cumplan los 15 días de la segunda citación. El controlador, que es la persona que atiende su caso es el que decide si la multa debe ser pagada o anulada. No gozará del descuento en el caso de que la multa deba ser pagada. El monto a pagar debe ser estimado por el controlador, de acuerdo al mínimo y máximo estipulado por la ley. El controlador tendrá en cuenta los antecedentes (si tiene) del usuario para establecer el monto a pagar.

Quiénes pueden realizar este trámite.

Las únicas personas que pueden presentarse son el conductor o el titular que fueron multados. El infractor debe presentarse ante un controlador - verificador. Hay que presentarse con DNI.

Tenga en cuenta que para que una multa sea desestimada el infractor deberá presentar pruebas fehaciente que demuestren la inocencia del infractor.

En caso de ser demorado por la policía o un agente de tránsito.

Si usted ha sido demorado o detenido por un agente de tránsito deberá presentarle al mismo la siguiente documentación:

Registro de conducir: Obligatorio para circular por todo el territorio nacional. Es merecimiento de multa para aquellos conductores que no lo presenten o que la fecha de vencimiento este caducada. El domicilio que figura en el registro del conductor debe ser la misma que la del DNI, LE o Cédula de Identidad.

Documentación personal: El conductor debe poseer en el momento en que se lo solicite la siguiente documentación: DNI (Documento Nacional de Identidad), LE (Libreta de Enrolamiento) o Cédula de Identidad. El conductor puede ser multado en caso de no tenerla.

Tarjeta Verde o Azul: En caso de que la Cédula Verde o Azul este vencida, solo el titular puede poseerla. Ya que no hay vencimiento para el mismo. Toda aquella persona que conduzca sin ser titular y la Cédula Verde esté vencida será multado. Si la titularidad del vehículo genera dudas para la Policía, esta puede retenerlo. Si el vehículo es propiedad de más de una persona (Ej. matrimonio) ambos pueden figurar en la Cédula Verde. También se puede realizar una autorización del titular por medio de un escribano público.

Verificación Técnica Vehicular: Para los conductores de vehículos de carga, transporte de pasajeros, utilitarios, 4x4 y todo tipo de vehículos, la verificación técnica es obligatoria.

Seguro contra terceros: Los Seguros contra terceros deben tener mínimamente cubierto la responsabilidad civil. La Policía Federal puede pedir el último comprobante de pago, además de la tarjeta del Seguro. Para obtener el comprobante del pago puede solicitarlo a la aseguradora que usted haya contratado. Si usted acostumbra a pagar su seguro con tarjeta de débito, debe tener consigo el resumen donde figure el pago.

Patentes: Es recomendable que en todo momento circule con el recibo del último pago de la patente. No puede estar cubierta o modificada la chapa de la patente.

Equipo de GNC: En caso de que el vehículo funcione con GNC, El usuario del vehículo debe poseer consigo la tarjeta de identificación del equipo y la oblea obligatoria. Será multado en caso de no tener ambas identificaciones. Pero esto no será considerado una infracción de tránsito.

Equipamiento del vehículo: Tener las balizas y el matafuego en el interior de vehículo es obligatorio. También es obligatorio circular con las luces bajas en cualquier horario en todas las rutas y autopistas del país. Las luces de Stop, de posición trasera y delantera deben funcionar correctamente.


Blog